sábado, junio 13

Corte Suprema declaró inconstitucional impuestos diferenciales en Santa Fe

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que Santa Fe no puede aplicar alícuotas más altas de Ingresos Brutos a empresas radicadas fuera de la provincia. El fallo, firmado por Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti, también alcanzó a Entre Ríos.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inconstitucionales las disposiciones de Santa Fe que permitían cobrar una alícuota superior del impuesto sobre los Ingresos Brutos a contribuyentes de otras provincias.

El fallo se dio en la causa “Deloitte & Co. S.A. c/ Provincia de Santa Fe”, que cuestionaba normas sancionadas en 2012 durante la gestión de Antonio Bonfatti

Alcance del fallo

El máximo tribunal sostuvo que la medida generaba una “aduana interior” prohibida por la Constitución Nacional, al obstaculizar el libre comercio entre jurisdicciones.

La decisión afecta directamente a empresas con actividad en Rafaela y el Departamento Castellanos, registradas bajo el régimen de Convenio Multilateral.

Argumentos de Santa Fe

La Administración Provincial de Impuestos (API), con sede en calle Tucumán de la ciudad de Santa Fe, defendió la norma alegando que buscaba promover la producción local.

Sin embargo, los jueces concluyeron que la diferenciación de alícuotas lesionaba el principio de igualdad y alteraba la circulación natural de bienes y servicios.

Caso Entre Ríos

En paralelo, la Corte también condenó a Entre Ríos en una demanda iniciada por la cadena de supermercados Carrefour, al considerar inconstitucional la aplicación de alícuotas más altas a empresas radicadas fuera de esa provincia.

Con estos fallos, la Corte reafirma su jurisprudencia que limita la potestad tributaria de las provincias cuando afecta la libre circulación en el mercado interno.

En Santa Fe, se espera que la Legislatura y la API revisen la normativa vigente para adecuarla al criterio constitucional.

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