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Se instaló un crematorio en Rafaela

Se ubica cerca del puente de la Ruta 70 y la variante de la autopista.

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rafaela crematorio (2)

Trascendió la construcción de un crematorio en la ciudad de Rafaela, un proyecto que viene siendo demandado por los vecinos desde hace tiempo.

Hasta el momento, la opción más cercana para la cremación en la región era el Crematorio "Aires de Paz" en Tacural, pero la nueva construcción en Rafaela permitirá a los residentes locales tener una opción más accesible.

El nuevo crematorio se ubica cerca del puente de la Ruta 70 y la variante de la autopista, en el distrito Rafaela, y sería propiedad de un empresario rafaelino. 

Se espera que el proyecto de ordenanza presentado por el Ejecutivo sea tratado en las Sesiones Ordinarias del Cuerpo Legislativo en breve.

El intendente elevó el proyecto

Rafaela 14 de Febrero de 2023
Señor Presidente del Concejo Municipal
Lic. Germán Bottero.-

Por su digno intermedio elevamos a consideración de ese cuerpo el Proyecto de Ordenanza Derogando el Título VII: "De las cremaciones" de Ordenanza 2.277/88 y adoptado en la ciudad de Rafaela, el Reglamento para la instalación y Funcionamiento de Crematorios, que como Anexo I forma parte integrante de la presente, todo ello obrante en el Expediente Letra S - Nº 30.709/9 Fichero Nº 78.
Sin otro particular lo saludamos atentamente.
Arq. Luis Alberto Castellano - Intendente Municipal
Arq. Diego ALberto Martino - Secretario de Desarrollo Urbano y Metropolitano.

rafaela crematorio (1)

Entre las cuestiones que se están debatiendo se encuentra la normativa medioambiental que regulará la actividad del crematorio. A nivel local, rige una ordenanza del año 1978, pero será derogada para aprobar la nueva ordenanza que se ajuste a los estándares ambientales actuales.

La construcción del crematorio en Rafaela es una buena noticia para los residentes locales, ya que les proporcionará una opción más cercana y conveniente para los servicios funerarios.

Además, es una oportunidad para que los representantes del gobierno local revisen y actualicen la regulación medioambiental en torno a la cremación, para garantizar que se realice de manera responsable y sostenible.

El proyecto considera:

VISTO: Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 304.709/9. Fichero Nº 78 

CONSIDERANDO: 

Que si bien la Ordenanza Nº 2277/88 regula la Organización y funcionamiento de cementerios en la ciudad, y en su título Vll dispone la posibilidad de instalación de crematorios,  resulta necesario actualizar las disposiciones normativas vigentes en la materia y reglamentar el funcionamiento  de la actividad en la ciudad de Rafaela. 

Que en las últimos tiempos se ha producido un cambio cultural con relación a la disposición de nuestro propio cuerpo una vez producida la muerte, incrementándose notoriamente las cremaciones (reducciones a cenizas de cadáveres o restos cadavéricos por medio del calor). 

Que actualmente, las cremaciones de cadéveres y restos cadavéricos deben realizarse en localidades próximas a la ciudad de Ruínela, dado que dentro de su jrisdicción no se encuentran crematorios autorizados y habilitados.

Que la instalación de los crematorios en la ciudad de Rafaela puede disminuir la demanda por parte de la población respecto de la habilitación de nuevos nichos y panteones. 

Que esta situación se vio agravada en los últimos años debido a la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-COV 2, decretada por el Poder Ejecutivo Nacional mediante DNU 260/20. 

Que asimismo, las causas de mortalidad, usos y costumbres en tomo al fallecimiento de una persona, las formas de vida, avance de técnicas constructivas y técnico sanitarias y el servicio que prestan los agentes funerarios tales como empresas de servicios fúnebres, sanatorios, crematorios y cementerios privados, hacen necesaria la regulación de la actividad tendiente a controlar o mitigar el riesgo sanitario que implica la manipulación de cadáveres, restos humanos y cadavéricos. 

Que, teniendo en cuenta la complejidad de la temática, resulta indispensable el dictado de una normativa específica que establezca reglas de instalación y funcionamiento de la actividad de cremación.

Que la complejidad no sólo radica en el interior de las instalaciones sino también en el impacto que las mismas pudieran tener en el entorno.

Que teniendo en cuenta que los crematorios pueden resultar nocivos y peligrosos si se funcionamiento y eliminación de gases no son tratados correctamente. resulta prudente determinar condiciones y condicionantes. 

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